La Ley de Propiedad Intelectual establece el principio general de que la reproducción de una obra protegida, ya sea en todo o en parte, requiere la autorización previa de su autor. Por lo tanto, en principio no es posible reproducir libremente ninguna parte de una obra
NOTA: No es cierto que no haya ninguna disposición legal que determine ese porcentaje. Lo que determina la Ley es 0%
Cosa distinta es que en las licencias de reproducción generales que ofrece CEDRO a empresas, centros educativos, organismos públicos y otras instituciones se establecen unos porcentajes máximos que se autoriza a fotocopiar o escanear.